DEMANDAS DEL LOS
GRANJEROS Y RANCHEROS LATINOS/HISPÁNICOS
LA DEMANDA PRINCIPAL
QUE USDA EMPIECE INMEDIATAMENTE
NEGOCIACIONES DE LA BUENA FE CON LOS ABOGADOS PARA LOS GRANJEROS Y LOS
RANCHEROS LATINOS/HISPÁNICOS QUE BUSCAN UN ACUERDO MUTUAMENTE ACEPTABLE.
Punto Uno: La pendencia de los casos de Love y de Keepseagle y el
enojo que continua con el acuerdo de Pigford, son las razones por las
cuales que el USDA debe actuar audazmente y rápidamente para empezar
discusiones con los representantes de Garcia porque una resolución
exitosa en Garcia podría proporcionar fácilmente un modelo para una
resolución global para todas las acciones conjuntas pendientes del granjeros,
incluyendo los asuntos persistentes en las consecuencias de Pigford.
Punto Dos: Los esfuerzos y los recursos consumido por USDA en tal ejercicio, si
estuvieron hechos con buena fe, serían mucho más probables a lograr un
resultado significativo que lanzarse a más reorganizaciones administrativas que
invariablemente no lograrían nada significativo.
Punto Tres: Es innegable que la administración
de los programas del USDA de los préstamos y ventaja de la granja han sufrido
de la discriminación penetrante contra granjeros latinos/hispánicos, así como
otros granjeros y rancheros de la minoría, por décadas. En un tiempo cuando muchas de sus misiones
históricas están en peligro severo a la globalización de la agricultura, el
USDA no puede proporcionar continuar siendo distraído por las acusaciones
persistentes que su administración de los programas de los préstamos y programas los de beneficios, que están
financiados por los impuestos pagados por los ciudadanos, sufren de una
discriminación sistémica.
DEMANDAS
ESPECIFICAS
PUNTO
GENERAL: UNA RESOLUCIÓN SIGNIFICATIVA DEBE CONTENER
LOS INGREDIENTES SIGUIENTES:
PRIMERO:
LA CONDICIÓN EXISTENTE SE DEBE CAMBIAR RÁPIDAMENTE CON LA REFORMA FUNDAMENTAL DE LAS
POLÍTICAS ACTUALES Y DE LOS PROCEDIMIENTOS DEL USDA QUE GOBIERNAN LA
ADMINISTRACIÓN DEL PRÉSTAMO DE LA GRANJA DEL USDA Y DE LOS PROGRAMAS DE
VENTAJA.
Más específicamente, entre los cambios que se deben realizar los siguientes:
1. Las oficinas del FSA que sirven a clientes hispánicos deben publicar toda la información con respecto a los préstamos de la granja y programas de ventaja, incluyendo todo las solicitudes y formas relacionadas, en español, y deben emplear al personal que hablen español para asistir a clientes hispánicos en la navegación del proceso de las solicitudes.
2. El FSA debe ser requerido a mantener un sistema para estampar, entre otras cosas, la fecha que la solicitud se da a la oficina de USDA o que está tomado por un granjero, la fecha se vuelve y la fecha se juzga completo. El USDA debe también requerir capturar y mantener esta información de la fecha en una base de datos automatizada.
3. La primera vez que la solicitud está inicialmente vuelta, el personal del FSA debe repasarla puntualmente para avisar al candidato si la solicitud sea completa. Si se determina que la solicitud este incompleta, el USDA debe entonces proporcionar puntualmente en una manera escrita, una lista de la información necesitada para que la solicitud esté completa. Todas tales comunicaciones se deben proporcionar en español cuando las circunstancias lo dictan.
4. El FSA debe establecer un sistema que asegure ambos que las solicitudes serán repasadas y consideradas en la orden en la cual se reciben y que todos las solicitudes serán aprobadas en la orden en la cual son recibidas y juzgadas completas por FSA. Semejantemente, los fondos a los granjeros para el préstamo y los programas de ventaja deben ser asignados según al orden que aplican o sea que las primeras personas que aplican deben recibir los fondos antes que las que apliquen más tarde.
5. El USDA debe proporcionar un recibo para el servicio a todos los granjeros que documentan cada contacto con las agencias del USDA que sirven a los granjeros. Cada tal recibo debe ser estampado con la hora y la fecha, y una copia se debe proporcionar al granjero. El USDA será requerido registrar tal hora e información de la fecha y mantener lo mismo en una base de datos electrónica.
6. Un fondo substancial del dinero, la cantidad exacta que se determinará, será puesta en una cuenta de plica bajo control de un monitor señalado por la corte. Estos fondos vendrían del fondo del juicio porque esto sería estructurado como el acuerdo del pleito. El propósito del fondo es proporcionar la ayuda financiera necesaria para crear y mantener una red de programas ayudantes basada en la comunidad. El financiamiento para los programas ayudantes basada en la comunidad no estaría conforme a las vicisitudes del programa de la corriente 2501 y los créditos anuales de proceso que USDA debe aguantar, y estaría libre de control del USDA. El fondo de las programas ayudantes basada en la comunidad sería mantenido por 7 años y estaría del suficiente tamaño para proporcionar el financiamiento, en una base anual, a éstos programas ayudantes basada en la comunidad.
7. Establezca un nuevo programa del préstamo de SDA para tratar las barreras y las limitaciones únicas de los granjeros de SDA. El programa tendrá entre sus nuevos criterios de las cualidades para que los préstamos que se convertirán en la consulta con los demandantes, los préstamos basados en necesidad y la capacidad compensen que permiten que los aspirantes con los recursos limitados califiquen y la participación a largo plazo. Después de que el programa de SDA esté establecido, el granjero no necesite competir para ser financiado cada año, sino tendrá fondos disponibles para hacer efectivo su programa de la dirección/márketing cooperativo y crédito. En efecto una línea de crédito del multi-año sería establecida.
8. La secretaria promoverá la representación por los demandantes y el resto de los granjeros perjudicados socialmente en toda la investigación y directivas de la promoción que reciben cualquier financiamiento o apoyo del USDA por medio de nominar a granjeros perjudicados socialmente a todos tales mesas directivas y los consejos con una meta de alcanzar la representación proporcionada.
9. La secretaria también promoverá la representación de demandantes y de otros granjeros perjudicados socialmente en el “Agricultural Technical Advisory Comité” y el “Agriculture Policy Advisory Comités” y la participación de la política de la agricultura tal como “Value Added Agricultural Product Market Development Grants,” “Agriculture Innovation Center Demonstrations,” “Pilot Programs For Rural Development Strategic Plans and Implementation,” “Rural Firefighters and Emergency Personnel Grants,” and “Scholarship Programs.”
SEGUNDO:
ES ESENCIAL ESTABLECER UN MÉTODO EFICAZ DE ALCANZAR LA TRANSPARENCIA EN
LO QUE CONCIERNE A LA ADMINISTRACIÓN DEL PRÉSTAMO DE LA GRANJA Y DO LOS
PROGRAMAS DE VENTAJA PARA ASEGURARSE DE QUE LAS REFORMAS ESTÉN FUNCIONANDO.
Esto es central al esfuerzo entero de la reforma. Entre sus partes principal son los siguientes:
TERCERO:
LOS INJUSTOS SUFRIDOS POR LOS GRANJEROS LATINOS/HISPÁNICOS EN EL PASADO
DEBIDO A LA DISCRIMINACTIÓN CAUSADA POR LAS POLÍTICAS Y COMPORTAMIENTO DE USDA
DEBE SER RECTIFICADO HASTA EL PUNTO DE QUE SEA POSIBLE.
a) El endeudamiento pendiente del USDA sería eliminado.
b) Consideracíon de la prioridad para los préstamos por un período de siete años de la entrada del decreto por consentimiento.
i. En la consideración de la elegibilidad para los préstamos de la prioridad, el USDA no negará a préstamos a causa de supuestamente mal crédito que resulta de la denegación inicial de USDA para proporcionar crédito al solicitante.
ii. Cuando un granjero tendría el derecho de eliminar su deuda pendiente según al decreto pero para el hecho de una descarga anterior de tal deuda, la descarga anterior no será utilizada para evitar que el granjero reciba un préstamo de la prioridad.
c) Consideracíon de la prioridad para comprar préstamos del inventario de la propiedad por un período de siete años de la entrada del decreto por consentimiento.
i. En la consideración de la elegibilidad para tales préstamos, el USDA no negará préstamos a causa del supuestamente mal crédito que resulta de la denegación inicial de USDA para proporcionar crédito al solicitante;
ii. Cuando un granjero tendría el derecho de eliminar la deuda debajo del decreto pero para el hecho de una descarga anterior de tal deuda, la descarga anterior no será utilizada para prevenir al granjero que recibe un préstamo de la prioridad para comprar préstamos del inventario de la propiedad; y
iii. Hasta el punto de que la propiedad anterior de un granjero está en inventario, el granjero tendrá prioridad para reclamar su tierra de cultivo.
d) Consideracíon de la prioridad para los demás programas de beneficio del USDA.